OBJETIVO:
Recoger e implementar principios de orden Ético, fundamentales para el desarrollo del Talento Humano y la Empresa.
ALCANCE:
Este Código tiene vigencia a partir de la fecha de su publicación y aplica para todo el personal (Funcionarios, cooperados, contratistas y proveedores) de la E.S.E. Hospital Local de Piedecuesta; la Gestión Ética es transversal a todos los procesos o procedimientos que se describen en el sistema de Gestión de Calidad del Hospital.
DEFINICIONES:
1. CÓDIGO DE ÉTICA:
Es el documento que comprende las disposiciones referentes para gestionar la ética en el día a día de la Entidad. Está conformado por ios principios, valores y directrices que en coherencia con el Código de Buen Gobierno, todo servidor de la entidad debe observar en el ejercicio de sus funciones.
2. ÉTICA PÚBLICA: Son las pautas que orientan la gestión de aquellas personas que desempeñan una función pública. Se refiere a la disposición interna de quienes dispensan servicios públicos para cumplir cabalmente con los postulados y mandatos de la Constitución y la Ley acerca de cómo debe ejercitarse dicha función en términos de eficiencia, integridad, transparencia y orientación hacia el bien común.
POLÍTICAS DE OPERACIÓN:
- La E.S.E. Hospital Local de Piedecuesta hace cumplir los lineamientos del Código de Ética, los cuales se ven apoyados en los principios y valores institucionales
POLÍTICAS DE OPERACIÓN
• La Alta Dirección establece un compromiso institucional de gestionar su actuar basado en los lineamientos del Código de Ética.
• Todos los colaboradores de la Familia Hospital Local de Piedecuesta, tienen e! deber Ético de ajustar su actuación profesional en el desarrollo de las funciones y/o actividades asignadas a los conceptos básicos y disposiciones de! presente Código.
• Ei presente Código de Ética debe ser socializado a todo los colaboradores (Funcionarios, cooperados, contratistas y proveedores) del Hospital Local de Piedecuesta y debe ser incluido como elemento obligatorio en los procesos de inducción y reinducción del personal del la entidad.
• Adicional a los lineamientos establecidos por el presente Código de Ética, la E.S.E. Hospital Local de Piedecuesta acoge los lineamientos establecidos por los diferentes Códigos de Éticas de las profesiones de salud
PROCEDERES ÉTICOS
Mediante la compilación, principios, valores, normas y criterios, el Código busca constituirse en una razón y motivo para las reflexiones morales y comportamientos éticos que han de regir el desempeño y la vida personal del talento humano que hace parte la E.S.E. Hospital Local de Piedecuesta,
COMPROMISOS
Todos ios Colaboradores (funcionarios, cooprados y contratistas) de la E.S.E. Hospital Local de Piedecuesta, al formar parte de la Institución, adquieren los siguientes compromisos:
CON EL CLIENTE INTERNO: Veo en mi compañero el reflejo de mi quehacer, por lo tanto respeto y reconozco sus buenas acciones, valoro sus aportes y con mi acompañamiento cálido fomento el trabajo en equipo.
CON EL CLIENTE EXTERNO: Dispongo de vocación para servir ofreciendo a ¡os demás todas ias garantías para responder a las necesidades de atención de quien solicita el servicio, fomentando la creatividad que haga del trabajo hospitalario un medio de afianzamiento profesional para la gratificación 'personal y de nuestra comunidad.
CON EL HOSPITAL: Evalúo mi actuar dentro de la institución y de manera autogestionada promuevo su desarrollo, optimizo sus recursos, comparto y aplico sus políticas consolidando el crecimiento institucional y la satisfacción de quienes conformamos la familia de! Hospital Local de Piedecuesta.
DEL PERSONAL Y SU COMPORTAMIENTO DENTRO DE LA EMPRESA.
El Talento Humano (Funcionarios, contratistas y cooperados) de la E.S.E. deberá cumplir con las siguientes directrices;
- Las relaciones interpersonales dentro de la E.S.E. se basarán en el respeto, la solidaridad, el profesionalismo, el trabajo en equipo, la cooperación y !a cortesía.
- Se mantendrá discreción sobre los procesos que se adelantan al interior de la organización ya sea de contratación, selección de personal o cualquier otro que se encuentre en estudio o en trámite dentro de la empresa.
- Procederá en todos los casos con criterio justo, evitando dar o propiciar interpretaciones a los hechos que tiendan a beneficiar a personas en perjuicio de la E.S.E, del Estado o de terceros.
- Los directivos y funcionarios de la E.S.E. no podrán participar en la selección y adjudicación de contratos, operaciones financieras, administración de recursos en los que sea parte su cónyuge, compañero permanente o parientes que se encuentren dentro del tercer grado de afinidad o consanguinidad o con personas jurídicas en las cuales las personas antes indicadas sean social.
Obrarán de buena fe en las actividades y responsabilidades que estén a su cargo.
- En e! Hospital Local de Piedecuesta no podrán recibir ninguna clase de dadiva
s por parte de ningún proveedor de la la E.S.E.
- Comunicarán inmediatamente a sus superiores inmediatos todo hecho o irregularidad cometido por si mismo o por parte de otro funcionario, cooperado, contratista o un tercero que afecte o pueda lesionar los intereses del Hospital.
- Los empleados no aconsejarán o intervendrán en situaciones que permitan, amparen o faciliten actos incorrectos o punibles, o que puedan utilizarse para inducir a error a terceros o usarse en forma contraria al interés público o a los intereses de la E.S.E.
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- No comentarán asuntos que hayan conocido en ejercicio de sus funciones o dentro de las actividades que estuvieran a su cargo.
Esta prohibido hacer contribución alguna a los partidos, movimientos o candidatos, o inducir a otros a que lo hagan, salvo las excepciones que establezca la ley. El incumplimiento será causal de remoción del cargo (Articulo 110 de la Constitución Nacional).
- En época electoral está terminantemente prohibido el uso de camisetas o de cualquier otro elemento que haga alusión a propaganda política o la distribución de carteles, volantes y en general, de papelería al respecto que tienda a favorecer a uno u otro candidato y/o vaya en contra o a favor de políticas de Estado, en especial dentro de las instalaciones de las unidades hospitalarias o de los centros de atención ambulatoria (urgencias) en horas de servicio
- No podrá intervenir en un tratamiento ya iniciado sin previa comprobación de que ei paciente ya ha informado de la situación al anterior profesional o que el colega que lo está haciendo ha renunciado a continuarlo o se encuentra en imposibilidad de hacerlo.
- Médicos y odontólogos tienen la posibilidad de solicitar la colaboración de un colega que por sus capacidades, conocimientos y experiencia puedan contribuir a mantener o mejorar la salud del paciente, así mismo, tendrá !a obligación de prestar dicha colaboración cuando le sea solicitada.
- Es deber de todo personal asistencial informar por escrito a la cooperativa y ésta a su vez a las directivas de la institución según corresponda, de cualquier acto que vaya contra la moral y la ética profesional, cometido por algún colega.
- Los profesionales de la Salud tienen como obligación proteger la salud del paciente sin delegar en persona menos calificada cualquier calificada cualquier tratamiento que requiera de su competencia profesional. Debe también prescribir y supervisar el trabajo del personal auxiliar con el interés de procurar al paciente el mejor servicio posible.
Además de las contempladas anteriormente para todos los empleados del área Médico Asistencia se estipulan las siguientes reglas de conducta:
Difundir comentarios o rumores al interior de ¡a entidad que vayan en contra de su imagen e intereses.
El personal guardará por sus colegas y el personal médico y paramédico subalterno, la consideración ración, aprecio y respeto que se mecen, teniendo en cuenta su categoría profesional, sin menoscabo del cumplimiento de sus deberes como supe
La lealtad, la consideración, la solidaridad y el mutuo respeto entre los colegas son los factores esenciales y el fundamento de las relaciones |